Afore · Retiros parciales
Ayuda por matrimonio de la Afore: el retiro parcial por casarte
⚑ Nota de transparencia: esta guía explica derechos que mucha gente no reclama — la ayuda por matrimonio de la Afore, la ayuda para gastos de funeral del IMSS, los recursos del SAR 92-97, el historial del Buró de Crédito y las quejas ante la CONDUSEF — solo con información oficial leída directamente (CONSAR, IMSS, CONDUSEF, Buró de Crédito y la Ley del Seguro Social). Este sitio no hace el trámite por ti ni te pide datos: cada gestión se realiza en los canales oficiales. La revisión editorial nativa es-MX está pendiente (gate del propietario).
Si te casas por lo civil y cotizas (o cotizaste) al IMSS, tienes derecho a un apoyo en dinero que casi nadie reclama: la ayuda para gastos de matrimonio. La ficha oficial del trámite en la CONSAR la define así: es la «prestación en dinero equivalente a 30 días de salario mínimo general, proveniente de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la cuenta individual, que puede retirar un trabajador asegurado a través de la Afore cuando contrae matrimonio civil». Su fundamento es el artículo 165 de la Ley del Seguro Social y la entregan el IMSS y tu Afore.
Un punto que genera confusión: desde la desindexación de 2016, las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta en las leyes se entienden hechas a la UMA (Unidad de Medida y Actualización). Por eso hoy la ayuda se calcula con el valor de la UMA vigente en la fecha de tu boda. Cálculo de ejemplo, con la UMA 2026 publicada por el INEGI (diaria: $117.31): 30 × $117.31 = $3,519.30. Si tu matrimonio fue en otro año, se usa la UMA de esa fecha.
La ayuda en corto
| Dato | Lo que dice la ficha oficial (CONSAR) |
|---|---|
| ¿Qué es? | Un retiro parcial de tu cuenta individual por matrimonio civil |
| ¿Cuánto? | 30 días de salario mínimo general; hoy, 30 días de UMA a la fecha de la boda (ejemplo 2026: $3,519.30) |
| ¿De dónde sale? | De la cuota social que aporta el Gobierno Federal a tu cuenta |
| ¿Cuántas veces? | Una sola vez en la vida |
| Requisito central | 150 semanas cotizadas en el seguro de retiro, cesantía y vejez a la fecha del matrimonio |
| ¿Dónde se pide? | En la app AforeMóvil o en una sucursal de tu Afore |
Requisitos oficiales
La ficha del trámite (CONSAR, Trámite 16) pide cumplir todos estos requisitos:
- Tener acreditadas ante el IMSS un mínimo de 150 semanas en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV) a la fecha de celebración del matrimonio.
- No haber obtenido este derecho con anterioridad: se otorga una sola vez, aunque después te divorcies y te vuelvas a casar.
- Estar vigente como asegurado. Si ya dejaste el Régimen Obligatorio, el matrimonio debe haberse contraído dentro de los 90 días hábiles contados a partir de tu baja.
- Tener tu Expediente de Identificación del Trabajador actualizado (el expediente electrónico que integras con tu Afore).
- Solo procede con matrimonio civil y después de haberlo contraído.
Un detalle de la ficha que conviene saber: si antes registraste a otro cónyuge como beneficiario, deberás acreditar la disolución del vínculo matrimonial o el fallecimiento de esa persona.
Cómo se pide, paso a paso
En AforeMóvil, la ruta que publica la CONSAR es: Servicios → Retiros → Retiro por Matrimonio IMSS; aceptas las condiciones, adjuntas la imagen de tu acta de matrimonio y eliges la cuenta CLABE donde quieres el depósito. Si prefieres sucursal, acudes a tu Afore con los documentos y ahí integras la Solicitud de Disposición de Recursos y firmas la Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio.
Los documentos que pide la ficha son: identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o matrícula consular), acta de matrimonio y estado de cuenta bancario con tu CLABE (la ayuda se deposita, no se entrega en efectivo). El plazo de solución que publica la ficha es de máximo 15 días hábiles, y la entrega de los recursos en tu cuenta, de máximo 5 días hábiles contados desde que hiciste la solicitud.
¿Y si el depósito falla? La misma ficha lo prevé: si por errores en los datos de tu CLABE la Afore no puede depositar y pasan 30 días naturales sin que lo corrijas, los recursos se reinvierten en tu cuenta en los 3 días hábiles siguientes — no se pierden, pero tendrás que repetir la gestión.
¿Este retiro te descuenta semanas cotizadas?
Es la duda más frecuente, porque el otro retiro parcial famoso — el de desempleo — sí descuenta semanas. En el caso del matrimonio, la ficha oficial del trámite no establece ningún descuento de semanas: la ayuda proviene de la cuota social y no toca tus semanas. El descuento proporcional de semanas es una regla propia del retiro por desempleo (artículo 191 de la Ley del Seguro Social), donde las semanas retiradas se restan y solo se recuperan reintegrando el dinero. Son dos retiros distintos, con reglas distintas:
| Por matrimonio | Por desempleo | |
|---|---|---|
| Monto | 30 días de UMA (cuota social) | Según tu salario y semanas (art. 191 LSS) |
| Veces | Una en la vida | Cada 5 años, si cumples los requisitos |
| ¿Descuenta semanas? | La ficha oficial no establece descuento | Sí, proporcional al monto retirado |
| Requisito típico | 150 semanas a la fecha de la boda | 46 días sin empleo y semanas mínimas según el caso |
Antes de ir a tu Afore
Verifica que sabes en qué Afore estás — si nunca elegiste una, la CONSAR te asignó a alguna — y que tu Expediente de Identificación esté actualizado, porque es requisito de la ficha. Si tu acta de matrimonio es de otra entidad o del extranjero, confirma con tu Afore qué formato acepta antes de hacer el viaje. Y guarda la resolución: es el comprobante de que ejerciste un derecho de una sola vez.