Colombia · Salario y descuentos
Calculadora de salario neto
De tu salario bruto, como trabajador dependiente, se descuentan cada mes tus aportes obligatorios: salud 4% y pensión 4% sobre el ingreso base de cotización, más el Fondo de Solidaridad Pensional cuando ganas desde 4 salarios mínimos (1% y una escala adicional por encima de 16). Encima de eso, los salarios más altos pagan retención en la fuente por el impuesto de renta, con la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario medida en UVT —la UVT de 2026 es $52.374, según la Resolución 000238 de 2025 de la DIAN—. Esta calculadora descuenta los aportes con exactitud y estima la retención por el procedimiento 1, etiquetada como estimación: tu nómina puede variar por deducciones personales que aquí no se modelan. Escribe tu salario y marca el auxilio si lo recibes: el auxilio suma a tu neto, pero no paga aportes.
Funciona íntegramente en tu navegador. Nada de lo que escribes se envía a ningún sitio ni se guarda.
Estimación orientativa, no es asesoría legal. La retención se estima por el procedimiento 1 sin deducciones personales (medicina prepagada, dependientes, intereses de vivienda, aportes voluntarios): tu retención real puede ser menor.
Los aportes del trabajador y el Fondo de Solidaridad
El ingreso base de cotización —IBC— es tu salario, sin el auxilio de transporte y con un tope legal de 25 salarios mínimos ($43.772.625 en 2026). Sobre el IBC pagas como trabajador el 4% de salud y el 4% de pensión (Ley 100 de 1993); el resto de cada cotización lo pone tu empleador y no sale de tu sueldo. Desde los 4 salarios mínimos se suma el aporte al Fondo de Solidaridad Pensional: un 1% fijo entre 4 y 16 salarios mínimos, y por encima de 16 una contribución adicional de subsistencia que crece por tramos —0,2% entre 16 y 17, 0,4% entre 17 y 18, 0,6% entre 18 y 19, 0,8% entre 19 y 20 y 1% adicional por encima de 20—, para un total del 2% en el tramo más alto, según la escala del artículo 20 de la Ley 797 de 2003. Con el salario mínimo, tus aportes son $70.036,20 de salud y $70.036,20 de pensión —el 8% de $1.750.905— y no hay Fondo de Solidaridad ni retención: el neto del mínimo con auxilio es $1.859.927,60 al mes.
| Salario en SMLMV | Aporte total al Fondo |
|---|---|
| Menos de 4 SMLMV | 0% |
| De 4 a menos de 16 SMLMV | 1,0% |
| De 16 a menos de 17 SMLMV | 1,2% |
| De 17 a menos de 18 SMLMV | 1,4% |
| De 18 a menos de 19 SMLMV | 1,6% |
| De 19 a menos de 20 SMLMV | 1,8% |
| 20 SMLMV o más | 2,0% |
La retención en la fuente, paso a paso
La retención por rentas de trabajo del procedimiento 1 sigue una depuración fija. Primero se restan del salario los aportes obligatorios, que no son ingreso gravado. Del resultado se resta la renta exenta del 25% del artículo 206, numeral 10, del Estatuto Tributario, con un tope mensual de 240 UVT —$12.569.760 en 2026—. Lo que queda es la base gravable, que se convierte a UVT dividiendo entre $52.374 y se ubica en la tabla del artículo 383: hasta 87 UVT la retención es cero; de más de 87 a 145 UVT, el 19% del exceso sobre 87; de más de 145 a 335, el 28% del exceso sobre 145 más 11 UVT; de más de 335 a 640, el 33% del exceso sobre 335 más 64 UVT; de más de 640 a 945, el 35% del exceso sobre 640 más 165 UVT; de más de 945 a 2.300, el 37% del exceso sobre 945 más 272 UVT; y por encima de 2.300 UVT, el 39% del exceso más 773 UVT. El resultado en UVT se multiplica de nuevo por $52.374 y esa es la retención del mes. En la práctica, la retención empieza a aparecer con salarios del orden de los 4 salarios mínimos: con exactamente $7.003.620 ya se estiman $42.452,20.
Dos ejemplos calculados: el mínimo y $10.000.000
Salario mínimo con auxilio. Salario $1.750.905 más auxilio $249.095: aportes $140.072,40 (8%), Fondo 0%, renta exenta $402.708,15, base gravable $1.208.124,45, equivalente a 23,07 UVT —por debajo del umbral de 87 UVT, así que la retención es $0—. Neto: $1.750.905 − $140.072,40 + $249.095 = $1.859.927,60. Salario de $10.000.000. Aportes: salud $400.000, pensión $400.000 y Fondo de Solidaridad $100.000 (1%, porque el salario supera 4 SMLMV), total $900.000. Renta exenta: 25% de $9.100.000 = $2.275.000. Base gravable: $6.825.000, equivalente a 130,31 UVT, en el tramo del 19%: (130,31 − 87) × 19% ≈ 8,23 UVT ≈ $431.007,78 de retención estimada. Neto: $10.000.000 − $900.000 − $431.007,78 = $8.668.992,22. Entre el mínimo y este salario, los descuentos pasan del 8% a cerca del 13,3% del bruto: la diferencia la hacen el Fondo de Solidaridad y, sobre todo, la retención.
Lo que esta calculadora no descuenta
Tu neto real también puede verse reducido por conceptos que dependen de tu situación y que aquí no se modelan: cuotas sindicales, libranzas y créditos descontados por nómina, embargos, aportes voluntarios a pensión o a cuentas AFC, y planes de salud adicionales. Además, la retención real baja si tienes deducciones personales —dependientes económicos, intereses o corrección monetaria de crédito de vivienda, medicina prepagada— que no declaraste en el formulario: la estimación de esta calculadora es el techo cuando no reportas ninguna. Muchos empleadores aplican en cambio el procedimiento 2, que fija un porcentaje semestral sobre el promedio de ingresos: tu retención mensual puede diferir de la estimación del procedimiento 1 por esa sola razón, sin que ninguna de las dos esté "mal". Lo que sí no cambia entre procedimientos son los aportes del 4% y 4% y la escala del Fondo de Solidaridad, que la herramienta calcula con exactitud.
Preguntas frecuentes
¿Por qué me descuentan el 8% si la cotización total es mayor?
Porque la cotización se reparte: en salud el total es 12,5% —8,5% el empleador y 4% tú— y en pensión el total es 16% —12% el empleador y 4% tú—. De tu sueldo solo sale tu parte: 4% + 4% = 8% del ingreso base de cotización, más el Fondo de Solidaridad si ganas desde 4 salarios mínimos.
¿Desde qué salario se paga el Fondo de Solidaridad Pensional?
Desde un ingreso base de cotización de 4 salarios mínimos mensuales —$7.003.620 en 2026—, con un 1%. Por encima de 16 salarios mínimos se añade la contribución de subsistencia por tramos, hasta completar el 2% cuando el ingreso supera 20 salarios mínimos (artículo 20 de la Ley 797 de 2003).
¿El auxilio de transporte también paga salud y pensión?
No. El auxilio de transporte no es salario ni hace parte del ingreso base de cotización: lo recibes completo en tu neto. Por eso en la calculadora se suma al final y no se le aplica ningún porcentaje.
¿Cuánto es la UVT de 2026 y para qué sirve aquí?
La Unidad de Valor Tributario de 2026 es $52.374, fijada por la Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025 de la DIAN. Sirve para expresar la tabla de retención del artículo 383 del Estatuto Tributario: tu base gravable se convierte a UVT, se le aplica la tabla y el resultado se devuelve a pesos.
¿Por qué mi retención real es distinta de la estimación?
Por tres razones frecuentes: tienes deducciones personales que bajan la base —dependientes, vivienda, medicina prepagada, aportes voluntarios—; tu empleador usa el procedimiento 2 con un porcentaje fijo semestral; o parte de tu ingreso no es salario —bonificaciones no salariales pactadas—, lo que cambia el ingreso base. La calculadora modela el caso estándar sin deducciones, que es el punto de comparación correcto.
Créditos de imágenes
La fotografía del escritorio con portátil y calculadora es de autor anónimo desconocido, vía Wikimedia Commons, licencia CC0. La fotografía de la mujer con la computadora portátil es de Shixart1985, vía Wikimedia Commons, licencia CC BY 2.0. La fotografía de las manos escribiendo en la agenda es de Shixart1985, vía Wikimedia Commons, licencia CC BY 2.0. Las tres fotografías ya formaban parte de la colección con licencia verificada de este sitio; fueron convertidas a WebP y redimensionadas. Ninguna imagen de esta página ha sido generada por inteligencia artificial.
Fuentes
- Secretaría del Senado — Ley 797 de 2003, art. 20: escala del Fondo de Solidaridad Pensional (secretariasenado.gov.co)
- DIAN — Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025: UVT de 2026 = $52.374 (gestornormativo.creg.gov.co)
- DIAN — portal oficial: Estatuto Tributario, arts. 206, 383 y 384, retención por rentas de trabajo (dian.gov.co)
La calculadora aplica las reglas descritas en esta página: aportes del 4% y 4% sobre el IBC con tope de 25 SMLMV, escala del Fondo de Solidaridad de la Ley 797 de 2003, renta exenta del 25% con tope de 240 UVT mensuales y tabla del artículo 383 con la UVT de 2026. Los resultados esperados se derivaron de forma independiente del código y el motor se contrasta con ellos mediante pruebas.
Sobre esta página
Contenido informativo únicamente — no es asesoría legal, fiscal ni financiera, ni un servicio oficial. El resultado de la calculadora es una estimación orientativa, no es asesoría legal, a partir de los datos que introduces. Las normas y cifras se han comprobado frente a las fuentes oficiales citadas. Última revisión: 29 de octubre de 2026. ⚑ Revisión editorial nativa en español de Colombia: pendiente (owner gate).